El derecho a la intimidad en los datos sanitarios : un análisis desde el derecho español
By: HENRIQUES, José.
Material type: ArticlePublisher: [Barcelos] : Instituto Politécnico do Cávado e do Ave, feb. 2011Subject(s): Direitos e Garantias Individuais | Direito à Privacidade | Informação | SaúdeTékhne : Revista de Estudos Politécnicos = Polytechnical Studies Review 9, 15, p. 151-168Abstract: A nivel de los derechos fundamentales interesa plantear el derecho a la intimidad del sujeto en ele seno de sus relaciones con los demás ciudadanos y su tutela frente al proceso electrónico de la información de forma a entender mejor la alternativa libertades - derechos sociales. La saludes reconocida en el derecho internacional como un derecho en dos vertientes: el deber de los Estados de prevenir la enfermedad y garantir la salud y el deber de los Estados de dar asistencia en la enfermedad. Es precisamente el derecho a la confidencialidad y el derecho de los pacientes o usuarios a su intimidad, con respeto a la autonomía de su voluntad y la dignidad de la persona humana, en especial, el motivo de esta reflexión. Los datos sanitarios de los ciudadanos como datos especialmente protegidos, en los que en ellos se refleja y contiene, forman parte del ámbito más privado de la intimidad. De ahí la necesidad de la confidencialidad en su trato y de mecanismos especiales con relación a su tratamiento. La intimidad como un derecho consagrado constitucionalmente implica la necesidad de información referida a sus límites y repercusiones en la sociedad contemporánea; entendida como una facultad de control de las informaciones que conciernen al individuo es una condición para la convivencia política democráticaA nivel de los derechos fundamentales interesa plantear el derecho a la intimidad del sujeto en ele seno de sus relaciones con los demás ciudadanos y su tutela frente al proceso electrónico de la información de forma a entender mejor la alternativa libertades - derechos sociales. La saludes reconocida en el derecho internacional como un derecho en dos vertientes: el deber de los Estados de prevenir la enfermedad y garantir la salud y el deber de los Estados de dar asistencia en la enfermedad. Es precisamente el derecho a la confidencialidad y el derecho de los pacientes o usuarios a su intimidad, con respeto a la autonomía de su voluntad y la dignidad de la persona humana, en especial, el motivo de esta reflexión. Los datos sanitarios de los ciudadanos como datos especialmente protegidos, en los que en ellos se refleja y contiene, forman parte del ámbito más privado de la intimidad. De ahí la necesidad de la confidencialidad en su trato y de mecanismos especiales con relación a su tratamiento. La intimidad como un derecho consagrado constitucionalmente implica la necesidad de información referida a sus límites y repercusiones en la sociedad contemporánea; entendida como una facultad de control de las informaciones que conciernen al individuo es una condición para la convivencia política democrática
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