Casación y cuestión de ilegalidad : una propuesta de lege ferenda
By: CARLÓN RUIZ, Matilde.
Material type: ArticlePublisher: Madrid : Centro de Estudios Constitucionales , Sep./Dic. 2005Online resources: Acesso Revista de Administracíon Pública 168, p. 131-163Abstract: El presente artículo reflexiona sobre el papel que debe jugar la cuestión de ilegalidad como mecanismo de cierre del sistema de control de las normas reglamentarias. A tales efectos, se critica la interpretación que el Tribunal Supremo viene haciendo del artículo 86.3 de la LJCA, que impide el acceso a la casación de las sentencias que precisamente, una vez firmes, obligan al planteamiento de la cuestión de ilegalidad. De este modo, se amplía el ámbito de este procedimiento y, con ello, se multiplica la posibilidad de que se dicten sentencias desestimatorias de cuestiones de ilegalidad. Estas sentencias constituyen el punto débil del sistema, ya que confirman la legalidad de un reglamento cuya consideración de ilegalidad determinó la resolución del proceso a quo, lo que plantea mayores dificultades cuando en este proceso hubieran entrado en juego los mecanismos de extensión de efectos de la sentencia previstos en los artículos 110 y 111 de la LJCAEl presente artículo reflexiona sobre el papel que debe jugar la cuestión de ilegalidad como mecanismo de cierre del sistema de control de las normas reglamentarias. A tales efectos, se critica la interpretación que el Tribunal Supremo viene haciendo del artículo 86.3 de la LJCA, que impide el acceso a la casación de las sentencias que precisamente, una vez firmes, obligan al planteamiento de la cuestión de ilegalidad. De este modo, se amplía el ámbito de este procedimiento y, con ello, se multiplica la posibilidad de que se dicten sentencias desestimatorias de cuestiones de ilegalidad. Estas sentencias constituyen el punto débil del sistema, ya que confirman la legalidad de un reglamento cuya consideración de ilegalidad determinó la resolución del proceso a quo, lo que plantea mayores dificultades cuando en este proceso hubieran entrado en juego los mecanismos de extensión de efectos de la sentencia previstos en los artículos 110 y 111 de la LJCA
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