La nueva Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo : valoración general
By: FERNÁNDEZ, Tomás-Ramón.
Material type: ArticlePublisher: Madrid : Centro de Estudios Constitucionales , Sep./Dici. 2007Online resources: Acesso Revista de Administracíon Pública 174, p. 61-74Abstract: La nueva Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo, contiene dos grandes bloques de normas: el primero redefine el derecho de propiedad del suelo, y el segundo establece un nuevo sistema de valoración de los terrenos. De la definición tradicional del derecho de propiedad la nueva Ley extrae la facultad de urbanizar, que «nacionaliza» al declararla servicio público y que, por lo tanto, puede ser retenida por la propia Administración o bien concedida mediante pública licitación a un tercero, el ya conocido agente urbanizador. El nuevo sistemaAbstract: de valoraciones establecido prescinde de la clasificación y calificación que los planes puedan dar al terreno y toma en cuenta solamente la situación rural o urbana en que dicho terreno se encuentre. El suelo en situación rural se valorará mediante la capitalización de su renta real o potencialLa nueva Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo, contiene dos grandes bloques de normas: el primero redefine el derecho de propiedad del suelo, y el segundo establece un nuevo sistema de valoración de los terrenos. De la definición tradicional del derecho de propiedad la nueva Ley extrae la facultad de urbanizar, que «nacionaliza» al declararla servicio público y que, por lo tanto, puede ser retenida por la propia Administración o bien concedida mediante pública licitación a un tercero, el ya conocido agente urbanizador. El nuevo sistema
de valoraciones establecido prescinde de la clasificación y calificación que los planes puedan dar al terreno y toma en cuenta solamente la situación rural o urbana en que dicho terreno se encuentre. El suelo en situación rural se valorará mediante la capitalización de su renta real o potencial
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