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Sobre el carácter objetivo de la responsabilidad patrimonial administrativa. Antijuridicidad y atención al tipo de funcionamiento administrativo

By: MUÑOZ GUIJOSA, María Astrid.
Material type: materialTypeLabelArticlePublisher: Madrid : Centro de Estudios Constitucionales , enero/abr. 2012Online resources: Acesso Revista de Administración Pública 187, p. 97-139Abstract: El proclamado carácter objetivo de la responsabilidad patrimonial administrativa ha venido siendo interpretado en el sentido de la total indiferencia hacia el tipo de funcionamiento aministrativo, con absoluto protagonismo del elemento causal a efectos de declaración de la concurrencia de responsabilidad. Tal interpretación, no impuesta por la vigente configuración normativa del instituto, además de conducir a resultados prácticos no satisfactorios, choca con una importante y cada vez más extendida aplicación jurisprudencial de aquel, que analiza el tipo de funcionamiento a diversos efectos, entre ellos la determinación de la antijuridicidad del daño. Ello parece deberse a la adopción de un diferente punto de partida, en lo que a la misma concepción de la responsabilidad objetiva se refiere, que queda identificada por referencia al sujeto dañado, y que permite con normalidad la atención a factores subjetivos
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El proclamado carácter objetivo de la responsabilidad patrimonial administrativa ha venido siendo interpretado en el sentido de la total indiferencia hacia el tipo de funcionamiento aministrativo, con absoluto protagonismo del elemento causal a efectos de declaración de la concurrencia de responsabilidad. Tal interpretación, no impuesta por la vigente configuración normativa del instituto, además de conducir a resultados prácticos no satisfactorios, choca con una importante y cada vez más extendida aplicación jurisprudencial de aquel, que analiza el tipo de funcionamiento a diversos efectos, entre ellos la determinación de la antijuridicidad del daño. Ello parece deberse a la adopción de un diferente punto de partida, en lo que a la misma concepción de la responsabilidad objetiva se refiere, que queda identificada por referencia al sujeto dañado, y que permite con normalidad la atención a factores subjetivos

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