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El marco estatutario del régimen local

By: SOLOZÁBAL ECHAVARRÍA, Juan José.
Material type: materialTypeLabelArticlePublisher: Madrid : Centro de Estudios Constitucionales , mayo/ago. 2009Online resources: Acesso Revista de Administración Pública 179, p. 9-35Abstract: Los Estatutos de Autonomía, manifiestamente el catalán, pero no sólo esta norma, han desarrollado su competencia sobre régimen local en unos términos que manifiestamente colisionan con la legislación básica estatal y que plantean el problema de su constitucionalidad. Se trata entonces de saber si la ocupación del espacio de la legislación básica del Estado supone una infracción constitucional por parte de la norma estatutaria. Creemos que el Estatuto de Autonomía puede recuperar un espacio competencial que le atribuye la Constitución y que la ley estatal había válidamente ocupado ante la ausencia de regulación estatutaria. No había regulación estatutaria sobre el régimen local y ese espacio fue ocupado correctamente por la legislación básica estatal, utilizando su competencia sobre la fijación de las bases de las Administraciones públicas. Pero no se atribuía por parte de la Constitución a una ley estatal la delimitación de la materia, como ocurre en relación con la materia de financiación autonómica o de Fuerzas de Seguridad del Estado o la Administración de Justicia, en cuyos casos la competencia del legislador estatutario ha de tener en cuenta por mandato expreso de la Constitución la regulación del Estado. Además de esto, el artículo reconsidera la posición constitucional de las entidades locales y su integración en la nueva estructura institucional que se establece en los Estatutos de Autonomía revisados
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Los Estatutos de Autonomía, manifiestamente el catalán, pero no sólo esta norma, han desarrollado su competencia sobre régimen local en unos términos que manifiestamente colisionan con la legislación básica estatal y que plantean el problema de su constitucionalidad. Se trata entonces de saber si la ocupación del espacio de la legislación básica del Estado supone una infracción constitucional por parte de la norma estatutaria. Creemos que el Estatuto de Autonomía puede recuperar un espacio competencial que le atribuye la Constitución y que la ley estatal había válidamente ocupado ante la ausencia de regulación estatutaria. No había regulación estatutaria sobre el régimen local y ese espacio fue ocupado correctamente por la legislación básica estatal, utilizando su competencia sobre la fijación de las bases de las Administraciones públicas. Pero no se atribuía por parte de la Constitución a una ley estatal la delimitación de la materia, como ocurre en relación con la materia de financiación autonómica o de Fuerzas de Seguridad del Estado o la Administración de Justicia, en cuyos casos la competencia del legislador estatutario ha de tener en cuenta por mandato expreso de la Constitución la regulación del Estado. Además de esto, el artículo reconsidera la posición constitucional de las entidades locales y su integración en la nueva estructura institucional que se establece en los Estatutos de Autonomía revisados

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