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008 150324s2006 xx ||||gr |0|| 0 spa d
100 1 _aRUIZ ZAPATERO, Guillermo G.
_951758
245 1 0 _aLos efectos de las leyes tributarias inconstitucionales
260 _aMadrid :
_bCentro de Estudios Constitucionales ,
_cenero./abr. 2006
520 3 _aEl Tribunal Constitucional español ha venido declarando, desde la STC 45/1989, que los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de leyes tributarias pueden ser objeto de limitación y las situaciones creadas a su amparo no ser susceptibles de revisión, salvo que el contribuyente haya mantenido abiertas las vías de recurso contra los actos de aplicación. En el presente trabajo se argumenta que dicha limitación sería incompatible con el principio constitucional de legalidad tributaria y con las normas tributarias que regulan los procedimientos de revisión por nulidad de pleno derecho (art. 217 de la Ley General Tributaria). La misma conclusión resultaría aplicable cuando la ley tributaria fuera declarada incompatible con una Directiva europea por el TJCE, como sucede en el reciente caso de la STCE C-204/03. Quienes han defendido la técnica prospectiva de anulación seguida por el TC español invocaron también determinada jurisprudencia del Tribunal Supremo americano. Las sentencias del mismo citadas en este trabajo resultan, sin embargo, contrarias a dicho planteamiento y plenamente respetuosas de los efectos hacia el pasado de las declaraciones de inconstitucionalidad de leyes tributarias
773 0 8 _tRevista de Administracíon Pública
_g169, p. 99-153
_dMadrid : Centro de Estudios Constitucionales , enero./abr. 2006
_xISSN 00347639
_w
856 4 2 _uhttp://www.cepc.gob.es/publicaciones/revistas/revistaselectronicas?IDR=1&IDN=620&IDA=26454
_yAcesso
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999 _aConvertido do Formato PHL
_bPHL2MARC21 1.1
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