000 | 01860naa a2200181uu 4500 | ||
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001 | 5032517054247 | ||
003 | OSt | ||
005 | 20190211152720.0 | ||
008 | 150325s2010 xx ||||gr |0|| 0 spa d | ||
100 | 1 |
_aDOMÉNECH PASCUAL, Gabriel _951708 |
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245 | 1 | 0 | _aResponsabilidad patrimonial de la Administración por actos jurídicos ilegales |
260 |
_aMadrid : _bCentro de Estudios Constitucionales , _cSep/Dic. 2010 |
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520 | 3 | _aLa jurisprudencia española viene pronunciándose contradictoriamente sobre la responsabilidad civil de las Administraciones públicas por los daños provocados al dictar actos jurídicos ilegales. En muchas sentencias se sostiene que esa responsabilidad es objetiva, bastando para que la misma se desencadene la mera ilegalidad del acto causante de los daños. En otras, sin embargo, se requiere adicionalmente la comisión de una «flagrante desatención normativa». Esta última es la solución consagrada por los Tribunales comunitarios: para que surja la responsabilidad patrimonial de la Unión Europea o de los Estados miembros es necesario que se haya cometido una «infracción suficientemente caracterizada» del ordenamiento jurídico comunitario. Tras exponer todas estas líneas jurisprudenciales y las opiniones doctrinales vertidas sobre el problema, el autor analiza las ventajas y desventajas de las soluciones consideradas, así como los casos en los que la Administración debería responder objetivamente (por la mera ilegalidad) o por culpa (por una ilegalidad cualificada) | |
773 | 0 | 8 |
_tRevista de Administración Pública _g183, p. 179-231 _dMadrid : Centro de Estudios Constitucionales , Sep/Dic. 2010 _xISSN 00347639 _w |
856 | 4 | 2 |
_uhttp://www.cepc.gob.es/publicaciones/revistas/revistaselectronicas?IDR=1&IDN=1265&IDA=35642 _yAcesso |
942 | _cS | ||
998 |
_a20150325 _b1705^b _cAna |
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999 |
_aConvertido do Formato PHL _bPHL2MARC21 1.1 _c48198 _d48198 |
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041 | _aspa |